Resumen de la Ley del Cinturón de Seguridad
(G. S. 20-135.2A)
Edades / Posiciones Cubiertas:
Todos los conductores y pasajeros de las edades de 16 años y mayores deben usar el cinturón de seguridad en ambos asientos delanteros y traseros. Niños menores de 16 años están cubiertos por La Ley para la Seguridad del Niño Pasajero de Carolina del Norte.
Vehículos Cubiertos:
La ley del cinturón de seguridad se aplica a todos los vehículos que están obligados por las normas federales a tener cinturones de seguridad. En general, se trata de los autos fabricados después de 1967 y de los camiones y camionetas (pick-ups, SUVs, y vans) hechos después de 1971.
Requisitos:
La ley requiere el uso de todo el sistema de cinturón de seguridad en el asiento. Debe usar el cinturón de seguridad de regazo y hombro correctamente, a menos que un asiento sólo tenga un cinturón de seguridad de regazo. No está permitido colocar el cinturón de hombro detrás de la espalda o debajo del brazo.
Exenciones:
Existen las siguientes exenciones a la ley:
- Vehículos que no están obligados a tener cinturones. En general, estos son autos fabricados antes de 1968 y los camiones y camionetas (pick-ups, SUVs y vans) fabricados antes de 1972.
- Los conductores de vehículos no comerciales con una condición médica o fobia documentada por un profesional que previene el uso del cinturón de seguridad.
- Carteros rurales y portadores de periódicos, mientras trabajan.
- Los vehículos de reparto que paran con frecuencia si la velocidad entre las paradas no exceda del 20 mph.
- Los vehículos con placas de “granja” mientras sean utilizados con fines agrícolas en el comercio intraestatal.
- Cualquier ocupante de una casa rodante como se define en G.S. 20-4.01(27)d2, con excepción del conductor y los pasajeros de los asientos delanteros.
- Ocupantes del asiento trasero de los vehículos de la policía mientras están detenidos.
- Los pasajeros en camiones de basura o reciclaje residenciales durante la colección de la basura.
Responsabilidad:
- El conductor es el responsable de sí mismo y de todos los niños de menos de dieciséis años de edad.
- Los pasajeros de dieciséis años de edad y mayores son responsables de sí mismos.
Multas:
Ocupantes de las edades de 16 años y mayores en el asiento delantero:
- Multa de $25.50
- El costo de la corte ($153.50 a partir de octubre del 2015)
- No recibirá puntos por parte de la licencia de conducir ni seguro de su automóvil
Ocupantes de las edades de 16 años y mayores en el asiento trasero
- Multa de $10
- No hay que pagar el costo de la corte
- No recibirá puntos por parte de la licencia de conducir ni seguro de su automóvil